Actualizamos nuestro Anexo sobre la transferencia de datos europeos para realizar la transición a las nuevas Cláusulas contractuales tipo. Las siguientes condiciones entraron en vigencia el 27 de septiembre de 2021.
Anexo sobre la transferencia de datos europeos de Workplace
El presente Anexo sobre la transferencia de datos europeos de Workplace ("Anexo sobre la transferencia de datos") se incorpora a este Acuerdo. Se aplica en la medida en que Meta Platforms Ireland Ltd. trate Datos europeos en calidad de encargado de conformidad con el Acuerdo y se realicen transferencias de dichos datos a Meta Platforms, Inc. (anteriormente, Facebook, Inc.).
- Reconoces y aceptas que para proporcionar el servicio de Workplace from Meta de conformidad con el Acuerdo, Meta Platforms Ireland Ltd. transfiere Datos europeos a Meta Platforms, Inc. y que es posible que se realicen transferencias ulteriores de Datos europeos a otros Subencargados de Meta.
- Meta Platforms Ireland Ltd. transfiere Datos europeos a Meta Platforms, Inc. de conformidad con las Cláusulas contractuales tipo de encargado a encargado, pero se reserva el derecho de emplear medios alternativos para efectuar transferencias que estén reconocidos por el RGPD y otras leyes de protección de datos aplicables en el EEE, el Reino Unido y Suiza (como las decisiones de adecuación). Las transferencias ulteriores de Meta Platforms, Inc. a Subencargados de Meta que se realizan de conformidad con las Cláusulas contractuales tipo de encargado a encargado cuentan con la autorización general que confiere el Anexo sobre el tratamiento de datos.
- En la medida de lo posible y a fin de ofrecer un servicio eficiente y coordinado, Meta Platforms Ireland Ltd. coordinará y dirigirá todas las comunicaciones con Meta Platforms, Inc. o cualquier otro Subencargado de Meta relacionadas con las Cláusulas contractuales tipo de encargado a encargado.
- Este Anexo sobre la transferencia de datos tiene prioridad sobre el Acuerdo en la medida en que surjan conflictos o incoherencias. Si sigues accediendo al servicio de Workplace o continúas usándolo a partir de la fecha del presente Anexo sobre la transferencia de datos (o bien de cualquier actualización de este, según corresponda), estarás aceptando los cambios que conlleve su actualización.
- Las Cláusulas que hayas suscrito con Meta Platforms, Inc. de conformidad con la versión del Anexo sobre la transferencia de datos que entró en vigencia antes del 27 de septiembre de 2021 se darán por rescindidas a partir del 27 de septiembre de 2021. Aceptas que los Datos europeos que se hayan transferido de conformidad con las Cláusulas rescindidas no se destruirán ni se devolverán debido a la rescisión de dichas Cláusulas, y que, en su lugar, se regirán por las condiciones incluidas en el presente Anexo sobre la transferencia de datos.
- En este Anexo sobre la transferencia de datos:
- "Acuerdo" hace referencia al acuerdo entre Tú y Meta Platforms Ireland Ltd., bajo el cual Meta Platforms Ireland Ltd. proporciona el servicio de Workplace.
- "Cláusulas" hace referencia a las cláusulas contractuales tipo para la transferencia de datos personales a los encargados establecidos en terceros países, de acuerdo con la aprobación de la Decisión 2010/87/EC de la Comisión Europea del 5 de febrero de 2010 (sin incluir las cláusulas ilustrativas opcionales).
- "EEE" hace referencia al Espacio Económico Europeo.
- "Datos europeos" hace referencia a tus Datos personales que Meta Platforms Ireland Ltd. trata en calidad de encargado de conformidad con el Acuerdo, en la medida en que el RGPD o las leyes de protección de datos del EEE, el Reino Unido o Suiza se apliquen al tratamiento de dichos datos.
- "Subencargado de Meta" hace referencia a un subencargado que contrata Meta Platforms, Inc. de conformidad con las Cláusulas contractuales tipo de encargado a encargado a fin de Tratar Datos europeos.
- "Cláusulas contractuales tipo de encargado a encargado" hace referencia, según corresponda en cada transferencia, a: (a) módulo 3 (de encargado a encargado) de las cláusulas contractuales tipo para la transferencia de datos personales a terceros países de conformidad con el RGPD y con la aprobación de la Decisión 2021/914 de la Comisión Europea del 4 de junio de 2021; o (b) cualquier otra cláusula contractual tipo (de encargado a encargado) para la transferencia de datos personales a terceros países que estén reconocidas por las leyes de protección de datos de la UE, el EEE, el Reino Unido o Suiza (en cualquier caso, con cláusulas opcionales a elección de Meta).
- A los efectos del presente Anexo sobre la transferencia de datos, los términos en mayúscula tienen el significado que se les confiere en el Acuerdo, excepto en los casos en los que se indique lo contrario. Las menciones que se hagan del Acuerdo, incluido el Anexo sobre el tratamiento de datos, harán referencia a ellos según se actualicen de vez en cuando de conformidad con el Acuerdo.